La reforma a la Ley de Tránsito, aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 3 de septiembre, reconoce y regula por primera vez a escala nacional a las motocicletas eléctricas, scooters y otros vehículos de micromovilidad.
El siguiente paso corresponde a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), que deberá elaborar la normativa secundaria para establecer las características técnicas de estos vehículos, como potencia, velocidad de diseño y otras especificaciones. La entidad también deberá determinar las reglas aplicables a su circulación.
Desde la Policía Nacional se señaló que esta regulación permitirá definir aspectos relacionados con las licencias y el control de estos vehículos, mientras que un abogado especializado en tránsito sostuvo que las motocicletas deberán contar con los requisitos establecidos para este tipo de vehículos, incluida la licencia correspondiente.
Foto: Imagen ilustrativa generada con IA.
Keta Llerena, Eco Amazónico.
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